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noviembre 23, 2024

Defensa de la Competencia sobre compra de BPU: “baja” probabilidad de que la concentración modifique las características del mercado

Horas después de que Minerva confirmara en un comunicado la aprobación oficial de la compra de frigorífico BPU, La Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia  publicó  la resolución donde detalla y argumenta el visto bueno para la transacción.

El documento dice que “se definió como ´baja´ la probabilidad de que la concentración modificara las características del mercado para que aparecieran comportamientos coordinados, luego de descartar la evidencia de coordinación preexistente en las investigaciones a cargo de la Comisión; de catalogar al grado de concentración entre ´bajo´ y ´medio´ (dependiendo del mercado relevante en cuestión)”.

Mencionó además un informe presentado el 15 de junio por parte de ATHN Foods Hold S.A. (de Minerva Foods), “solicitando la agregación de un informe de parte elaborado por el Dr. J Dubra y la Ec. Msc. Sofía Harguindeguy, en el que se concluyó que la fusión no generaba problemas competitivos ni se traducía en dominancia, genera ganancias de eficiencia a través del ahorro y reducción de costos descentralización geográfica de la producción, una mejora en la utilización d capacidad instalada, la diversificación del portafolio de productos, el acceso a nuevos mercados y fuentes de financiamiento, y la mejora del perfil de riesgo crediticio para la parte compradora”.

Destacó que “los dos mayores competidores pasarían a tener un grado de participación similar, manteniendo una pluralidad de competidores de menor tamaño pero con una participación conjunta de relevancia”.

“En definitiva, el informe concluyó que la operación debe ser aprobada ya que no implica cambios estructurales en el mercado que modifique condiciones actualmente imperantes, con posibilidad de afectar a productores y consumidores”

Asesores sugirieron monitorear el comportamiento de los mercados relevantes

“Sin perjuicio de lo anterior, atendiendo al grado de participación en el mercado de los dos grupos económicos de mayor porte y a la información de mercado disponible abundante y actualizada que favorece la coordinación de prácticas comerciales, los asesores economistas sugirieron monitorear el comportamiento de los mercados relevantes, sin perjuicio de señalar que de cualquier forma, una eventual colusión también sería posible bajo las condiciones actuales”.

“La evaluación y valoración en las presentes actuaciones de los factores antes indicados, permite concluir que la operación comercial pretendida, no encuadra en los supuestos prohibitivos previstos en el artículo 9 ut supra referenciado, en la medida que no se introducen cambios sustanciales en los mercados relevantes, ni se genera dominancia o concentración con poder de mercado, debiendo en consecuencia la petición ser autorizada”, detalló Defensa de la competencia.

Vea el documento completo aquí: R 156 MINERVA-BPU- CE

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