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julio 28, 2025

Es oficial: Defensa de la Competencia denegó autorización para la venta de plantas de Marfrig a Minerva

La Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia publicó una resolución en la que deniega la solicitud de autorización de concentración económica proyectada entre Minerva y Marfrig.

La resolución establece:

  1. Denegar la solicitud de autorización para la concentración económica proyectada entre ATHN FOODS HOLDINGS S.A.U (Minerva) y MARFRIG GLOBAL FOODS S.A. (Marfrig). que consiste en la adquisición por parte de la primera, del 100% de las acciones de tres sociedades uruguayas (Establecimientos Colonia S.A., Inaler S.A. y Prestcott International S.A), además de ciertos activos de conformidad con el Contrato de Compraventa d Acciones y otros convenios de fecha 28 de agosto de 2023.
  2. No acceder a los remedios propuestos por los motivos que surgen presente acto administrativo.
  3. Clasificar como confidencial los párrafos del escrito presentado c 2024, que hacen mención a los condicionamientos ofrecidos y e acompaña como anexo al mismo, disociar de la presente res concerniente a dichos extremos, y ordenar el desglose del documento referido.
  4. Disociar de los informes producidos, la transcripción de las cláusulas del contrato de compraventa suscrito entre las partes, en atención a la clasificación como confidencial de dicho contrato, dispuesta por Resolución de esta Comisión.
  5. No hacer lugar a la clasificación como confidencial del informe titulado «Comentar análisis empíricos presentados a la Comisión de Promoción y Defensa de la Compete de Uruguay – Análisis a solicitud de Minerva» elaborado por Compass Lexecon (Ferna Coloma, Gabriel Fernández y Jorge Padilla).
  6. Encomendar al área de administración el relacionamiento e incorporación a actuaciones, de las Resoluciones Ministeriales referenciadas en el Resultando 44.
  7. Notifiquese a los participantes de la operación de concentración económica proyectada.
  8. Cumplido, registrese, publiquese en la página web institucional y genérese la versión pública de las presentes actuaciones.

Vea la resolución aquí:

R 66-024 – (D) CE Minerva-Marfrig -testada–

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